Servicio Médico

Le recordamos que:

  1. Se consideran derechohabientes del servicio médico, los(a) empleados(a) en servicio activo y aquellos(a) que hayan sido jubilados(a) o pensionados(a) que gozan de este beneficio, y que les es aplicable el Reglamento Interior de Trabajo del Personal de NAFINSA del 14 de diciembre de 1979.


  2. Se consideran beneficiarios del servicio médico, los dependientes económicos de los(a) empleados(a) en servicio activo, jubilados(a) y aquellos que hayan sido pensionados(a) reconocidos por FONATUR, y que les es aplicable el Reglamento Interior de Trabajo del Personal de NAFINSA del 14 de diciembre de 1979, tales como:


    • La esposa o concubina.

    • Los hijos hasta la edad de 21 años solteros o hasta la edad de 25 años, cuando además, se encuentren estudiando una carrera en planteles del Sistema Educativo Nacional.


    • El padre y la madre y los beneficiarios de la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social.



    FONATUR se reserva el derecho de verificar en cualquier tiempo la relación de dependencia económica que guardan dichos familiares con los(a) empleados(a) o jubilados(a).


  3. Para que los(a) derechohabientes y beneficiarios(a) puedan recibir la atención médica por los prestadores de salud (médicos, hospitales, medicamentos, laboratorio clínico, óptica, etc.), será indispensable que estén registrados en el Padrón. Así como presentar la credencial AXA Assistance-FONATUR expedida por la empresa Administradora de Servicios de Salud.


  4. La atención médica de primer contacto está integrada por:

    • Medicina general y/o familiar.

    • Pediatría.

    • Ginecología.

    • Medicina interna.

    • Oftalmología.

    • Odontología general.

    • Odontopediatría.


  5. Cuando al recibir atención médica u odontológica el(a) derechohabiente o beneficiario(a) requieran de un tratamiento ininterrumpido, éstos se obligan a cumplir dicho tratamiento y, a que se les efectúa la valoración correspondiente hasta su alta. En caso de abandono del tratamiento médico u odontológico por negligencia de el(la) derechohabiente o beneficiario(a), FONATUR se reserva el derecho de volver a autorizar el tratamiento en cuestión.


  6. Solamente en los casos de enfermedades crónico-degenerativas, se surtirán medicamentos hasta por dos meses de tratamiento.


  7. Para reposición de credencial Axa Assistance-FONATUR deberá entregarse en las instalaciones de la Subgerencia de Servicio Médico, escrito de solicitud dirigido al titular de la Gerencia de Sueldos y Prestaciones, anexando documento original del depósito bancario por la cantidad de $100.00 realizado a nombre de:


    • Axa Assistance México, S.A. de C.V.

    • Banco BBVA Bancomer

    • No. de cuenta 0445571294


  8. Se cuenta con un Centro de Atención Telefónica y de utilización médica, de enlace médico permanente y de acceso gratuito (número 01 800) a nivel nacional, para orientación, información y coordinación de la atención médica las 24 (veinticuatro) horas del día, los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año.


    • Interior de la República Mexicana 01800-8377-084

    • Distrito Federal 5262-4897


  9. Se podrá consultar el Directorio de Especialidades Medicas por intranet y en los sitios Web de Axa Assistance y FONATUR:



  10. FONATUR proporcionará a los(a) derechohabiente un ejemplar impreso del Directorio de Especialidades Médicas organizado por entidad federativa de la red de prestadores de servicios de salud a nivel nacional.

  11. La consulta general en las instalaciones del edificio de FONATUR (Tecoyotitla #100) será única y exclusivamente para empleados(a) activos(a) y jubilados(a), en el horario de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.

  12. Lunes y jueves de 8:00 a 10:30 es el horario del servicio de toma de muestras de laboratorio clínico en las instalaciones del edificio (Tecoyotitla #100-PB) de FONATUR.

  13. El suministro de medicamentos en las instalaciones del edificio (Tecoyotitla #100-S1) de FONATUR es de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas.

  14. Para evitar interrupción en el otorgamiento de los servicios médicos en hijos(a) mayores de 21 y hasta 25 años, así como en los(a) beneficiarios(a) que gozan de la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social, se debe entregar en tiempo y forma en la Subgerencia de Servicio Médico de FONATUR, según sea el caso, lo siguiente:


    • Constancia de estudios de beneficiarios hijos(a), en original y papel membretado.

    • Copia fotostática de la prórroga por continuación de estudios expedida por el IMSS, en caso de pensionado hijo(a).

    • Comprobante de supervivencia expedido por el IMSS (pensionado esposa).


  15. El horario laboral de la Subgerencia de Servicio Médico es de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 y de 16:00 a 18:00 horas.